La gravedad de la orden de protección en el viogen falso
Las mujeres que denuncian falsamente a menudo piden una orden de separación / protección / alejamiento al denunciar a sus parejas, eso no significa que le sea concedida, sobre todo si la denuncia presenta indicios de falsedad pero de conseguir que prospere el hombre se encontrará en una situación horrible a medio y largo plazo, algunos hombres lo consideran "la muerte en vida" por las consecuencias que acarrea.
Las órdenes de protección, una vez se conceden, sólo pueden retirarlas los Juzgados. No existe "el perdón" de quien la tiene concedida. La otra persona comete un delito de quebrantamiento. Y se conceden porque se considera que hay un peligro para la víctima. No es un juego.[1]
La concesión suele ser aleatoria, algunos partidos judiciales dan el 100%, otros el 35%, los juzgados son especialmente propicios a creer la palabra de la mujer especialmente en provincias, en capitales de provincia sin embargo se conceden muchas menos, un claro ejemplo de asimetría judicial injusta con el hombre.
Este relato de la abogada Ana Rodríguez sobre un juzgado (probablemente) de Toledo ilustra la situación, el automatismo existente:
Este auto que tengo en mi mano, este que tengo aquí, es el claro ejemplo de cuando el juzgado de violencia se convierte en una máquina expendedora de órdenes de alejamiento porque no tiene ningún fundamento jurídico que justifique la concesión de una orden de alejamiento no existe situación objetiva de riesgo que justifique la orden de alejamiento. La valoración policial de riesgo es cero, inexistente, no hay ningún tipo de reiteración de conducta violenta ni violencia estructural, ni hay indicios de violencia o episodios de violencia en el pasado con lo cual esto se ha convertido en un formulario estereotipado, una orden de alejamiento sin ningún fundamento que está limitando terriblemente los derechos fundamentales de mi cliente en este caso del investigado y además tenemos que pensar que los hechos supuestamente cometidos han sido calificados por el ministerio fiscal como un delito leve de vejaciones injustas. Cuando se establece una orden de alejamiento yo lo que quiero decir es que se debe de pensar muy mucho y se debe valorar muy mucho la situación de la víctima pero también hay que tener presente si se dan los requisitos jurisprudenciales y legales para su concesión no se puede dictar un ordenamiento porque sí porque tiene una importancia brutal tanto para la víctima como para el investigado si os encontráis en una situación parecida si queréis mi asesoramiento ya sabéis que podéis contactar conmigo y si buscáis un abogado este es el lugar correcto, gracias. [2]
Y fijémonos en la cantidad de órdenes de protección que se vienen dando entre 2004 y en 2023 en el partido judicial de Toledo

En esta página puede filtrar por partido judicial, es increible el nivel de misandria y automatismo de algunos partidos judiciales.