Argelia Queralt
De Violencia de Genero
Bitácora
Noviembre 2015
[...] Por poner un ejemplo de esos vínculos, no se puede seguir explicando el constitucionalismo sobre la base del “contrato social” roussoniano, y no revelar que tal contrato se asienta sobre un previo “contrato sexual”, porque la libertad civil para pactar no es universal sino que es un atributo masculino. El pacto social excluye a las mujeres porque estas fueron sometidas a un pacto previo, un contrato de subordinación y sujeción al varón, de modo que ellas no pueden ceder parte de su libertad para la conformación de la sociedad libre, porque esa libertad no les pertenece. [1]
La referencia no menciona este hecho, es una referencia genérica a C. PATEMAN, 1995.