SuperSpace23
SuperSpace23 es como llamamos en wikiviogen al Space organizado en Twitter por Antonia Carrasco el día 05/09/2023 que tuvo la participación de un elenco de lujo:
- Jueces: @JudgeTheZipper y @ladycrocs
- Psicólogos: @benito_lourdes y @CaptainMalecon
- Policías: @p48_l041869
- Letrados: @joseluissariego y @phernandezaym
- Co-hostea: @LtAgosta y @AsocGenMad
En la call se comentaron muchos temas de tremenda importancia para el movimiento del viogen y del viogen instrumental específicamente, de hecho incluso se ilustró porque se puede entender cierta ambigüedad en algunos casos, sin embargo del audio se desprenden muchos de los abusos a los que da pie la ley de Violencia de Genero.
Segmentos de audio relevantes
Sobre la detención por viogen sin pruebas
25:32 - ...¿Qué es lo que nos queda? cuando llamas al jefe, si ella denuncia por violencia de genero, tu le detienes y que se apañen en el juzgado. La duda suele ser ¿Qué pasa si no le detienes y pasa algo?, entonces muchísimos policías tienen miedo de ser inculpados por no detener. 27:19 - Por supuesto es importante proteger el bien jurídico si consideramos que el bien jurídico se encuentra en riesgo simplemente porque ella dice me ha amenazado con matarme, pues oye, si dice me ha amenazado con matarme es evidente que que no podemos dejarlo en libertad. Porque ahí sí que existe un riesgo objetivo. Si es mentira ya lo veremos ella tendrá que acreditar pero de momento la patrulla sí que tiene o debería pedirle evidencias: * ¿Qué evidencias tiene usted? * ¿Cuánto tiempo llevan juntos? * ¿Cuántas veces ha ocurrido esto? * ¿Si ocurrió alguna vez en el pasado? * ¿Usted fue atendida por un servicio médico? * ¿Existe un parte facultativo? * ¿Dígame qué testigos existen existen? * ¿Hay conversaciones de WhatsApp o emails? * ¿Hay alguna comunicación con terceras personas que puedan soportar?
Al final lo que tenemos que hacer es buscar consistencia a la historia de ella y descartar que no existe una versión contradictoria.[1]
Sobre la solicitud de habeas corpus, como hacerla y el poder que tiene
32:10 - El caso es que el Tribunal Constitucional ha venido a entender que (bueno eso eran dos fases) que directamente hay que entrar a la cuestión que no puede un juez simplemente como se venía haciendo muchas veces inadmitir a trámite una petición de habeas Corpus. Y digo ¿pero como un juez se atreve directamente le hacen petición de habeas corpus e inadmite?. Bueno, porque como digo, las causas para pedir habeas corpus estas muy especificadas en la ley. Ahora rápidamente voy a indicar de manera muy somera cuales son. Pero casi nunca se pide una vez corpus, al menos según mi experiencia profesional, por los motivos correctos la mayoría de las veces la gente que solicita habeas corpus es porque [...] dice 'yo soy inocente' y eso no son motivos (de habeas corpus). Los motivos por resumir en dos que se haya producido por un supuesto que no esté justificado legalmente, las causas legales de detención están en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, [...] es sobre todo que la policía pues no tenga indicios racionales de que esta persona ha participado en un delito, es decir, la autoridad o la agente creen racionalmente por motivos racionales que existe un hecho que es delictivo y que esta persona ha tenido participación en el mismo [...]. Si no se dan estos supuestos, si es una detención arbitraria, es decir, que no responde a supuestos legales, que no existen indicios racionales contra esta persona sería uno de estos supuestos donde puede utilizar el habeas corpus. Es decir, no he sido detenido por algo que no he hecho, he sido detenido pero mi situación no encuadra en ninguno de los supuestos que la ley permite proceder a la detención.
Sobre el supuesto protocolo policial para detener
1:04:55 - En la policía lo que hacen ellos, según un protocolo, que no sé de dónde se han sacado porque no existe ese protocolo, no existe, lo que existe es simplemente una instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad que no tiene carácter de Ley Orgánica, es decir, que creo que todos los juristas y los que no son juristas deben de saber que cualquier normativa que afecte un derecho fundamental tiene que tener carácter de Ley Orgánica, no de una instrucción que manda un Director general o un jefe de servicio a sus subordinados dentro de la Administración General del Estado, en este caso la Dirección General de la Policía o la Secretaría de Estado de Seguridad
Sobre las denuncias solo con la palabra de la mujer
1:10:00 - ¿Qué es lo que pasa en las comisarias cuando una mujer va a poner una denuncia y el único indicio que hay es la palabra de ella, no lleva ningún parte de lesiones, ningún testigo, solamente relata una serie de hechos [...] (superficiales) con eso van a buscar al señor y le detienen? [...] Hay que tomarle la denuncia y iniciar un procedimiento de viogen. Lo que hay que hacer, lo que se debe hacer es buscar la la consistencia de su declaración. En primer lugar, darle la opción de que presente su exposición de hechos y luego, a continuación, ir dato por dato para contrastarlos, incluso pedirle que cuente la historia al revés. O sea, hay muchas técnicas para buscar la consistencia de una declaración y de hecho te voy a decir más, quien mejor hace ese trabajo, quien mejor ojo tiene para detectar la mentira o detectar la consistencia suelen ser las policías femeninas, son las que tienen mayor sensibilidad y son a las que más les suele indignar que la mujer venga, que hay alguna mujer, algunas que llegan a la comisaría tratando de abusar del procedimiento. Porque ellas saben también que cuando hay un caso real, entonces lo que se suele hacer es si tenemos la suerte de dar con un policía preparado que tiene intuición que tiene sensibilidad es que le formulará las preguntas de diferente manera le hará preguntas abiertas preguntas cerradas detectará los indicadores de estrés (4 minutos hablando sobre casos)
Sobre el abuso de informes psicosociales en viogen
1:21:05 - Entonces creo que que la pregunta está muy bien elaborada y a mí también la lanzo al mundo jurídico, judicial o incluso la traslado también a los abogados. ¿Qué se pide exactamente a un psicólogo? Y exactamente a un informe psicosocial y más allá es ¿Por qué se piden tantos informes psicosociales?. Yo tengo la teoría, que igual es equivocada, pero hay muchas veces que si por ejemplo se desea mantener el status quo (y no estoy hablando de motivos espurios) estoy diciendo que igual hay veces que a los letrados les interesa que la situación se mantenga para ver cómo se desarrolla una decisión definitiva al conflicto. Porque en los procedimientos de familia normalmente se tiene una decisión provisional, las medidas cautelares, las medidas civiles y luego la ya la resolución definitiva en la sentencia. Entonces, claro, en vez de coger y pedir, por ejemplo, una suspensión del procedimiento (el de 60 días básico) por estar en días de llegar a un acuerdo, pues hay veces que sí que se solicita como medida de paralización o de pensar las cosas o de ver cómo avanzamos un informe psicosocial entonces yo creo que los jueces deberíamos tener mayor filtro a la hora de admitirlas para proceder a su práctica.
Sobre la obligatoriedad de atender la solicitud de habeas corpus
1:22:50 - Sobre el habeas corpus. Tenemos el límite máximo del trámite de 24 horas, pero el problema está en que esto hay que hacerlo ya. Por más que la ley te diga..., el último habeas corpus que hice yo, por ejemplo, yo salí de casa a las 23:00 H de la noche lo plantearon a las 22:30. Y yo salí de ahí, pues yo ya estaba en la cama, por lo que me costó vestirme y salir. Lo podía haber hecho dentro de las 24 horas, suponía hacerlo al día siguiente, cuando yo llegara al juzgado a las 8, pero entonces ¿Qué sentido tiene tu plantear un habeas corpus si es una detención ilegal? Lo que tienes que actuar es inmediatamente, por más que la ley te diga x.
Hay que pedir más habeas corpus si hay motivos, el juez está de guardia para eso
1:24:10 - Los habeas corpus que me han solicitado lamento que no se pidan más en materia de violencia sobre la mujer, porque hay muchos (procedimientos) que se podrían finalizar con mayor celeridad si se hubiera pedido un habeas corpus, pero no se no se piden y creo que deberían, creo realmente que deberían y esto por lo que ha dicho antes la compañera, que hay muchos policías que para curarse en salud cogen y detienen cuando están viendo claramente que es un asunto meramente civil entre ellos (la pareja) o como ha dicho María Pilar Hernández, la abogada que (la mujer) se siente maltratada porque le han puesto los cuernos. Pues detienen entonces todos estos supuestos en los que no hay indicio de la comisión de delito, que es lo que dice el 492, es una detención ilegal. Yo entiendo los motivos que puedan tener las partes o el detenido en su caso, o los letrados para no pedirlo porque piensan que se les va a desestimar porque piensan que se van a poner en contra ya al juez, porque 'fíjate cómo lo vamos a sacar de la cama a estas horas' y demás, pero si hay una detención ilegal pues se pide.
1:26:40 - Efectivamente Lady. Y por eso en nuestra asociación hemos decidido que vamos a recomendar a todo aquel ya, pero ya muy en firme y con la voz muy alta porque llevamos esperando dándonos pena de alguna manera los policías que no lo tenían muy claro que no sé qué, pero si ya en nuestra asociación hemos decidido que cada persona que haya sido detenida, que sienta o que crea que se le ha detenido ilegalmente, que solicite un habeas corpus de inmediato.
Desde el momento que en la detención se habla de victima ya se ha roto la presunción de inocencia
1:43:15 - José Luis Sariego ha tocado un tema interesantísimo, ¿no? Y es que está hablando que en la génesis de la ley de violencia y todo lo que ha venido después hay un fortísimo componente ideológico y político. Hay un vector que ha empujado desde unos determinados intereses y lecturas ideológicas el cómo abordar un determinado problema que es innegable, que es la violencia intrafamiliar y particularmente, pues lo que pueda ser la violencia contra las mujeres, el tema llega hasta el punto de que este vector, esté animus de querer resolver el problema, yo creo que ha llegado a unos excesos que empiezan desde el primer momento, y hay voces más autorizadas, pero vamos a hablar de algo que los oyentes y están replicando en el chat que están diciendo cómo puede ser que se hable ya desde el primer momento de víctima y de agresor. Creo que aquí convendría que le echaremos un vistazo y hablo de memoria a la Directiva del Consejo Europeo y del Parlamento Europeo de 9 de marzo de 2016, donde se habla de reforzar todo lo que los Estados deben reforzar, lo que es la presunción de inocencia y en su considerando 16, creo recordar también explícitamente dice que conceptos que sugieran o anticipen condena o sentencia deben ser completamente eliminados a partir de aquí los abogados dirán y los jueces hasta qué punto estamos contraviniendo esas directivas que son aplicables a nuestro estado como miembro de pleno derecho de la unión europea y cuántos procedimientos no podrán ser impugnados desde el primer momento en el que debajo del nombre de agresor aparece el nombre de una persona y en el de víctima otra
Aclaración: En los papeles de la detención suele poner "Detenido" y "Victima", pero no puede haber victima sin agresor por lo tanto el uso de "Detenido" es claramente un eufemismo para "Culpable" o "Agresor".
Psicólogo: "Esos informes no suelen centrarse tampoco mucho en la anamnesis"
1:47:40 - El informe tipo que yo critico y al que me he enfrentado en numerosísimas ocasiones tiene el siguiente esquema "esos test y esa valoración que se hace de la denunciada pueden concluir en un perfil psicopatológico", es decir en un diagnóstico psicopatológico donde puede aparecer rasgos de tipo ansioso, de tipo depresivo que es lo más frecuente lo que llamamos un trastorno adaptativo de carácter mixto ansioso depresivo y se colige de aquí que este síndrome que presenta la denunciante es compatible con los hechos denunciados. Cuidado con lo que estamos diciendo resulta que lo que empieza siendo un informe pericial con un objeto mal definido acaba convirtiéndose en una prueba de cargo que viene a ser algo así como un informe sobre credibilidad del testimonio del denunciante en contra de la otra parte y todo basándose en una serie de fallos de la lógica científica, del rigor forense, como son los siguientes: * 1) los instrumentos que se han utilizado en muchas ocasiones para valorar ese cuadro clínico no tienen los elementos para saber si esta persona está respondiendo de una manera claramente simulada, son instrumentos muy fáciles de manipular por el evaluando y * 2) por otro lado el llegar a esa conclusión de que una persona tenga este cuadro psicopatológico en ninguna medida significa que perse allá que creer lo que ha dicho anteriormente porque ese cuadro puede ser compatible no solo con los hechos denunciados sino con una historia vital problemática porque en esos informes no suelen centrarse tampoco mucho en la anamnesis dónde está el origen de ese supuesto maltrato podría ser que ese cuadro psicopatológico fuera únicamente reflejo de una situación crítica derivada de un divorcio traumático como han dicho a lo mejor anteriormente la jueza y el policía de que he tenido una frustración de pareja, de que tengo problemas económicos, de que estoy buscando un interés espurio...
Psicólogo: "No podemos vulnerar el derecho de inocencia"
1:50:20 - No podemos aplicar llevados porque en muchas ocasiones ese vector ideológico ha llevado a que el arquetipo que decía (Carl Gustav) Jung del salvador se active en muchas en muchos profesionales, a creer todo lo que diga la parte denunciante porque creemos estar haciendo una labor social porque a lo mejor estamos perjudicando precisamente y vulnerando lo fundamental que es el derecho de inocencia, no podemos fundamentar estos informes en lo que llamo el principio Loreal, "porque tú lo vales", porque esto no es una anécdota. Yo creo que como decía anteriormente la frecuencia y la extensión de este planteamiento de a partir de un cuadro psicopatológico deducir que lo que se nos ha dicho es verdad, que acaba siendo una prueba de cargo muy difícil de soslayar por parte de la defensa y que además compromete muchísimo al juzgador esto debe ser revisado, entonces yo cuando me refería a la falta de formación estoy hablando de que hace falta una parte crítica porque esto de como decía mi compañera de que 'no se accede por oposición', 'se accede tal' vamos a ver yo sigo un principio que me va muy bien la vida y es aquel de que por sus frutos los conoceréis. La forma de acceso, el currículum de cada uno es muy respetable pero al final es lo que tenemos y este tipo de informes yo estoy convencido mi compañero los ha visto en alguna ocasión y estoy seguro que comparte la misma visión crítica y el mismo, digamos, el mismo temor profesional a que esto entre en una sala y que sea motivo de consideración como si fuera un informe que tiene todo el rígor y desgraciadamente de verdad esto es muchísimo, muy frecuente.
El hombre en libertad provisional y la mujer como sujeto clientelar del sistema
1:53:23 - Mi máxima desde que se promulgó la ley son dos: una que los hombres están en libertad provisional hasta que su mujer decide lo contrario y puede parecer duro y cruel, pero en el momento en el que empiezan a tomarse un inicio de un procedimiento de divorcio o de separación de ruptura o de discrepancia, ya deben de ponerse en modo de auto protección, al menos así se lo transmito a mis clientes y por otro lado tiene otra versión que que la ley nos ha hecho a las mujeres tontas. Tontas en el sentido y no se me malinterprete, quiero decir, o porque vayan a salir hordas diciendo que bueno, que es un sesgo, que no soy feminista, etcétera, sino que nos consideran tan inferiores, que necesitamos una tutela especial y un acompañamiento y un seguimiento especial. Evidentemente muchas mujeres que se enfrentan a situaciones de violencia necesitan un acompañamiento, pero no (debería) suplir su capacidad porque por el momento entiendo que son personas libres e independientes y pueden tomar sus decisiones y creo que la ley ahí la ley y todos los operadores jurídicos que orbitan alrededor de las mismas están ejerciendo una presión brutal y que puede llegar a generar situaciones anómalas y ojalá los equipos psicosociales actuarán conforme a las praxis o los principios y esas valoraciones que deberían de realizarse, no solamente en los momentos de instrucción o en las labores de enjuiciamiento o de urgencias sino en las situaciones habituales pero no se dan.
Las denuncias / detenciones se ponen / hacen de noche
2:01:40. El 90% de las denuncias se formula pasadas las 21:00 o 22:00 de la noche
Luego Antonia aclara que muchas denuncias se ponen a las 16:00 pero que al final se detiene a las 21:00 lo que es desde un punto de vista práctico equivalente, el hombre no tiene tiempo a reaccionar o preguntar a un abogado aparte del de oficio (que ni menciona el habeas corpus)
Los abogados de oficio cobran menos de 2€/h y no se informa de lo que implica una sentencia de conformidad
2:03:30 - Los abogados de oficio cobran menos de 2€ la hora por su trabajo, es lamentable en un país, los garantes de que se cumplan los derechos de un ciudadano que es detenido se pague a 2€/h, es impresentable ¿Qué ocurre? que cuando a un abogado le toca una guardia en viogen va tener un montón de asistencias y va a cobrar lo mismo si el procedimiento pasa de diligencias previas, investigación y pasa a juicio que si se presenta una sentencia de conformidad y se lo quita de en medio, evidentemente muchos abogados de oficio prefieren no complicarse la vida y recomiendan una sentencia de conformidad. [...] Incluso la propia fiscalía en una circular lo dice 'las declaraciones de conformidad son un balón de oxigeno para el exceso de trabajo que tiene la Fiscalía' [...]. No se les informa a las personas que aceptan una sentencia de conformidad de cuales son las consecuencias.
Pendiente de tabular
- Min 99: Participación de la psicologa, no encuentro frases relevantes concretas pero todo muy interesante (aunque un poco "de cajón" y poco práctico teniendo en cuenta los abusos que vemos en prensa y en algunos informes psicosociales).
- Min 110: El informe "típico" ... "es compatible con los hechos denunciados" (el copy-paste famoso) que se convierte en prueba de cargo
- Min 120: Diferencia entre valoraciones GC y Policía
- Min 124: Abogados a 2 euros la hora
- Min 129: Porcentaje de casos viogen que se dan en el contexto de un proceso de divorcios (no he pillado la cifra que ha dicho Jose Luis)
- Min 133: Uso de Veripol para denuncias falsas que NO se aplica en #ViolenciaMachista, eso "no interesa"
- Min 138: Casos donde no se han hecho averiguaciones y se le detiene
- Min 144: La conformidad
- Min 155: Instrucción para evitar detenciones arbitrarias
- Min 168: Una BBDD que protegiendo la privacidad sea objeto de análisis
- Min 169: El término "el cuadro que presenta la denunciante es compatible con los hechos denunciados" no debería valer ¿con que otras cosas es compatible? ¿con experiencias anteriores? ¿con un proceso de divorcio que concurre?...