Diferencia entre revisiones de «Inconstitucionalidad de la ley viogen»
De Violencia de Genero
Sin resumen de edición |
Sin resumen de edición |
||
Línea 6: | Línea 6: | ||
|- | |- | ||
| style="width: 50%;" | <p class="titulo">''El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--''. <ref>https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-constitucional-ley-violencia-genero-20190104132226.html</ref> </p> | | style="width: 50%;" | <p class="titulo">''El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--''. <ref>https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-constitucional-ley-violencia-genero-20190104132226.html</ref> </p> | ||
| style="width: 50%;" | | | style="width: 50%;" | En 2019 [[Personas_canceladas_por_sus_comentarios_viogen|Alfonso Guerra]] afirmó ''"alguien lo presentó al tribunal Constitucional, yo hablé con el presidente del Tribunal Constitucional [...] esto es inconstitucional absolutamente, Salió la sentencia, es constitucional pero bueno 'tu sabes la presión que teníamos' 'como podíamos soportar esa presión' no puede ser así, a mi me parece profundamente injusta esa sentencia"'' | ||
<br> | <br> | ||
|} | |} |
Revisión del 08:15 13 abr 2023
Aportamos algunas lineas que se han publicado en prensa y foros sobre la in/constitucionalidad de la ley viogen
Recortes de prensa |
Comentarios |
El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--. [1] |
En 2019 Alfonso Guerra afirmó "alguien lo presentó al tribunal Constitucional, yo hablé con el presidente del Tribunal Constitucional [...] esto es inconstitucional absolutamente, Salió la sentencia, es constitucional pero bueno 'tu sabes la presión que teníamos' 'como podíamos soportar esa presión' no puede ser así, a mi me parece profundamente injusta esa sentencia"
|