Diferencia entre revisiones de «Comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial»
De Violencia de Genero
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=== 05/09/2024. EL CGPJ multa con 1500€ al juez del caso Juana Rivas === | === 05/09/2024. EL CGPJ multa con 1500€ al juez del caso Juana Rivas === | ||
Otro caso de persecución a jueces que luchan contra la misandria institucional, anda que no ha habido casos de jueces juzgando cosas injustas a favor de la mujer, como en el [[Caso Dani Alves]], ahí no se penalizó al juez a pesar de lo sentenciado. | |||
La sanción de 1.500 euros, argumenta la resolución del CGPJ, se debe a que el juez Piñar envió un comunicado al diario Abc en diciembre de 2021, poco después del indulto al que se resistió el magistrado, en el que mencionaba datos sobre unos presuntos abusos a uno de los hijos. Estos hechos, aunque sobrevolaron el ambiente e incluso fueron conocidos por quienes estaban más involucrados en el caso, no trascendieron en toda su dimensión a la opinión pública ni pesaron finalmente en la sentencia. El CGPJ explica que aunque “no fue él quien reveló inicialmente la noticia de los presuntos abusos sexuales que pudo haber sufrido el menor; y que estos presuntos abusos constituyeran las circunstancias tenidas en cuenta para denegar la suspensión de la pena de prisión solicitada (…) la información publicada por el diario Abc permite conocer datos obrantes en la causa judicial que afectaban directamente a una persona menor de edad”. Por todo ello, el CGPJ lo considera autor de una infracción grave por revelar “fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función”, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 418.8. | La sanción de 1.500 euros, argumenta la resolución del CGPJ, se debe a que el juez Piñar envió un comunicado al diario Abc en diciembre de 2021, poco después del indulto al que se resistió el magistrado, en el que mencionaba datos sobre unos presuntos abusos a uno de los hijos. Estos hechos, aunque sobrevolaron el ambiente e incluso fueron conocidos por quienes estaban más involucrados en el caso, no trascendieron en toda su dimensión a la opinión pública ni pesaron finalmente en la sentencia. El CGPJ explica que aunque “no fue él quien reveló inicialmente la noticia de los presuntos abusos sexuales que pudo haber sufrido el menor; y que estos presuntos abusos constituyeran las circunstancias tenidas en cuenta para denegar la suspensión de la pena de prisión solicitada (…) la información publicada por el diario Abc permite conocer datos obrantes en la causa judicial que afectaban directamente a una persona menor de edad”. Por todo ello, el CGPJ lo considera autor de una infracción grave por revelar “fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función”, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 418.8. |
Revisión actual - 14:13 7 oct 2024
Bitácora
05/09/2024. EL CGPJ multa con 1500€ al juez del caso Juana Rivas
Otro caso de persecución a jueces que luchan contra la misandria institucional, anda que no ha habido casos de jueces juzgando cosas injustas a favor de la mujer, como en el Caso Dani Alves, ahí no se penalizó al juez a pesar de lo sentenciado.
La sanción de 1.500 euros, argumenta la resolución del CGPJ, se debe a que el juez Piñar envió un comunicado al diario Abc en diciembre de 2021, poco después del indulto al que se resistió el magistrado, en el que mencionaba datos sobre unos presuntos abusos a uno de los hijos. Estos hechos, aunque sobrevolaron el ambiente e incluso fueron conocidos por quienes estaban más involucrados en el caso, no trascendieron en toda su dimensión a la opinión pública ni pesaron finalmente en la sentencia. El CGPJ explica que aunque “no fue él quien reveló inicialmente la noticia de los presuntos abusos sexuales que pudo haber sufrido el menor; y que estos presuntos abusos constituyeran las circunstancias tenidas en cuenta para denegar la suspensión de la pena de prisión solicitada (…) la información publicada por el diario Abc permite conocer datos obrantes en la causa judicial que afectaban directamente a una persona menor de edad”. Por todo ello, el CGPJ lo considera autor de una infracción grave por revelar “fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función”, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 418.8. En su recurso, Piñar alega que la información sobre esos presuntos abusos fue dada a conocer por el abogado de Rivas. El juez, en ese recurso presentado el 30 de junio ante el Pleno del CGPJ, también matiza que no ha habido ninguna comprobación de que fuera él quien efectivamente envió el correo. También alega que se vulnera su derecho a la presunción de inocencia porque, dice, la nota enviada al periódico no tenía la voluntad de ser publicada sino solo de “aclaración y suministrar información veraz y de rectificación” al diario, en lo que él entiende fue un ejercicio de su derecho de rectificación sobre una información publicada. El CGPJ dispone ahora de tres meses para dar respuesta a este recurso. [1]