Diferencia entre revisiones de «Inconstitucionalidad de la ley viogen»
De Violencia de Genero
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Aportamos algunas lineas que se han publicado en prensa y foros sobre la in/constitucionalidad de la ley viogen | Aportamos algunas lineas que se han publicado en prensa y foros sobre la in/constitucionalidad de la ley viogen | ||
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| style="width: 50%;" | <p class="titulo">El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--.<ref>https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-constitucional-ley-violencia-genero-20190104132226.html</ref></p> | | style="width: 50%;" | <p class="titulo">''El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--''. <ref>https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-constitucional-ley-violencia-genero-20190104132226.html</ref> </p> | ||
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Revisión del 08:12 13 abr 2023
Aportamos algunas lineas que se han publicado en prensa y foros sobre la in/constitucionalidad de la ley viogen
El Tribunal Constitucional avaló por primera vez en 2008 la constitucionalidad de la Ley de Violencia de Género, aprobada en 2004, que contempla un aumento de penas en caso de que el maltratador sea hombre. Es decir, recoge un agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--. [1] |
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